En el ámbito agrario del Antiguo Régimen, significa que ciertos bienes como tierras, inmuebles, casas… estaban en poder de manos muertas, es decir, a entidades incapacitadas para transaccionarlos (ponerlos en el mercado, venderlos…) Las manos muertas se clasificaban en laicas o civiles y eclesiásticas. Las primeras eran los mayorazgos y los bienes comunales de los municipios (ayuntamientos) las segundas comprendían iglesias, monasterios, conventos sus tierras y propiedades y demás, así como los hospicios, casas de misericordia, cofradías, etc. El término propiedad amortizada se usaba, generalmente, para designar el proceso de concentración y permanencia de la propiedad inmueble en los dueños citados. (nobleza, Iglesia y propiedad comunal de los ayuntamientos). Al proceso para suprimir o liquidar ese tipo de propiedades se le conoce como proceso desamortizador
Propiedad amortizada
En el ámbito agrario del Antiguo Régimen, significa que ciertos bienes como tierras, inmuebles, casas… estaban en poder de manos muertas, es decir, a entidades incapacitadas para transaccionarlos (ponerlos en el mercado, venderlos…) Las manos muertas se clasificaban en laicas o civiles y eclesiásticas. Las primeras eran los mayorazgos y los bienes comunales de los municipios (ayuntamientos) las segundas comprendían iglesias, monasterios, conventos sus tierras y propiedades y demás, así como los hospicios, casas de misericordia, cofradías, etc. El término propiedad amortizada se usaba, generalmente, para designar el proceso de concentración y permanencia de la propiedad inmueble en los dueños citados. (nobleza, Iglesia y propiedad comunal de los ayuntamientos). Al proceso para suprimir o liquidar ese tipo de propiedades se le conoce como proceso desamortizador